Tramites online para adquirir la ciudadanía italiana desde su pais
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Existen muchas vías para realizar un proceso determinado, como por ejemplo si desea adquirir la ciudadanía italiana puede hacerlo de varias maneras, una de ellas es por vía online, así desde la comodidad de casa puede comenzar a tramitar su caso y con mucho gusto le mantendremos informado sobre el avance del mismo. Nos puede localizar en nuestros contactos y comunicarse con nosotros si desea nuestra asesoría para lograr adquirir la ciudadanía italiana, en nuestras sedes en Italia y Argentina.
¿Puede realizar los trámites para adquirir la ciudadanía italiana vía online?
No es un misterio para nadie la inmensa cantidad de acciones que se pueden realizar por vía online, la ciencia moderna es capaz de desarrollarse continuamente para facilitar la vida de los hombres. Lo que se aplica para la adquisición de la ciudadanía italiana también haciendo posible el trámite de esta forma. El propósito principal de esta opción es proporcionar comodidad a las personas que desean realizar este trámite, porque en muchos casos lleva tiempo y voluntad lograr la pretensión propuesta en un inicio.
¿Cómo tratamos estos casos en nuestro despacho?
La prioridad en nuestro despacho es garantizarles a los clientes el logro de su propósito, ya que nunca puede quedar de nuestra parte algo por hacer para lograrlo, lo que siempre indica diligencia y calidad en el servicio que ofrecemos. No solo lo manifestamos con palabras, sino que lo demuestran los casos resueltos de forma eficiente mediante los esfuerzos que realizamos. Además podemos asegurar la secretividad en los trámites que tratamos y la información actualizada en todo momento, pues le mantendremos al tanto de su proceso y de cada inconveniente que se pudiera presentar.
¿Quiénes pueden solicitar nuestros servicios?
Nuestros servicios lo pueden solicitar todos aquellos interesados en adquirir la ciudadanía italiana y encuadren dentro de alguna de las causas que establece la Ley italiana para ello, la cual se transmite de varias maneras. La ciudadanía italiana se adquiere por matrimonio así como establece la Ley 91 del año 1992 ¨Ley de Ciudadanía Italiana¨ en su Artículo 5. 1. ¨El cónyuge, extranjero o apátrida, de ciudadano italiano adquiere la ciudadanía italiana cuando reside legalmente desde al menos seis meses en el territorio de la República, o también después de tres años de la fecha del matrimonio, si no ha habido disolución, anulación o cesación de los efectos civiles y si no subsiste separación legal¨.
Las personas que se hayan casado con un ciudadano italiano pueden adquirir la ciudadanía de su conyugue si transcurre el tiempo establecido para ello, el cual es de 2 años luego de la formalización del matrimonio si viven en el territorio nacional y de 3 años si viven en el extranjero, a sabiendas de que si tienen hijos en común los términos se reducen a la mitad, para lo cual no debe haber mediado divorcio o separación entre los conyugues, así como ninguna causal de nulidad del matrimonio, como la bigamia por ejemplo.
También son ciudadanos por nacimiento según la citada Ley en su Artículo 1 ¨ Es ciudadano por nacimiento: a. el hijo de padre o de madre ciudadanos; b. quien ha nacido en el territorio de la República si ambos padres son desconocidos o apátridas, o también si el hijo no sigue la ciudadanía de los padres según la ley del Estado al cual estos pertenecen. 2. Es considerado ciudadano por nacimiento el hijo de desconocidos encontrado en el territorio de la República, si no es probada la posesión de otra ciudadanía¨.
Artículo 3. 1. ¨El menor extranjero adoptado por ciudadano italiano adquiere la ciudadanía. 2. La disposición del inciso 1 se aplica aún en relación de los adoptados antes de la entrada en vigor de la presente ley. 3. Cuando la adopción sea revocada por hecho del adoptado, este pierde la ciudadanía italiana, siempre que esté en posesión de otra ciudadanía o la readquiera. 4. En los otros casos de revocación el adoptado conserva la ciudadanía italiana. No obstante, cuando la revocación se produzca durante la mayor edad del adoptado, el mismo, si está en posesión de otra ciudadanía o la readquiera, podrá entonces renunciar a la ciudadanía italiana dentro del año de dicha revocación¨.
¿Existen algunos casos particulares o diferentes?
Los casos de adquisición de ciudadanía generalmente se realizan por vía administrativa, pero existen algunas excepciones a esta regla en las cuales se realizan por vía judicial. Lo que representa que en estos casos el proceso se realizaría mediante un tribunal, el cual está en Roma. Este es el caso de los que pretenden adquirir la ciudadanía por descendencia y su ascendiente es mujer, si nació antes del 1- 01- 1948, necesita tramitar su caso de esta manera.
Dado que antes de esta fecha la mujer no transmitía la ciudadanía italiana salvo en algunos casos puntuales, por lo que si se casaba con un extranjero automáticamente perdía su ciudadanía italiana al adquirir la de su conyugue, y por consiguiente no la transmitía a los hijos nacidos antes de esta fecha, en la que entra en vigor la Constitución Republicana de 1948.